¿Qué es el DeCA?
El DeCA es el registro digital obligatorio que sustituye al documento de control en papel que acompañaba a la mercancía en el transporte terrestre por carretera en España.
Hasta ahora el documento de control era un formulario en papel —o un PDF impreso— que viajaba junto a la carga y se presentaba ante los agentes en ruta. Con la Ley de Movilidad Sostenible pasa a ser exclusivamente electrónico: se genera desde una plataforma con requisitos técnicos definidos, lleva un código QR legible por las autoridades y se conserva digitalmente.
El objetivo de la norma es reducir el fraude documental, mejorar la trazabilidad y eliminar la carga administrativa del papel.
Qué NO es el DeCA
- No es un CMR ni una carta de porte internacional: el transporte sujeto al Convenio CMR queda fuera.
- No es un sistema de rastreo GPS ni un TMS completo.
- No basta con enviar un PDF por correo: no valen escaneos ni conversiones de papel.
5 de octubre de 2026.
El artículo 222 del Real Decreto 1211/1990 (ROTT) ya obligaba a llevar a bordo el documento de control debidamente cumplimentado. Lo que cambia en 2026 es el formato: el papel deja de ser válido.
La Ley 9/2025 de Movilidad Sostenible, publicada en el BOE el 4 de diciembre de 2025 y en vigor desde el día siguiente, fijó un periodo de adaptación de exactamente 10 meses, que vence el 5 de octubre de 2026.
Sin prórrogaNo está prevista ninguna prórroga ni periodo transitorio sin sanción. Desde el 5 de octubre de 2026 el incumplimiento se sanciona directamente (Disp. Trans. 8ª de la Ley 9/2025).
¿A quién afecta?
El DeCA es obligatorio para todo el transporte público de mercancías por carretera en territorio nacional y para las operaciones de cabotaje en España. En transporte de viajeros, la obligación equivalente recae sobre la hoja de ruta digital. El impacto abarca a toda la cadena de suministro:
Fabricantes e industriales
Responden de los datos del envío: naturaleza de la mercancía, peso, origen y destino.
Quien ejecuta el porte
Responde de los datos de ejecución (matrícula, recogida real) y de llevar el documento a bordo.
Operadores logísticos
Median entre cargador y transportista en la contratación del servicio.
Receptores de mercancía
Necesitan documentación conforme para acreditar la recepción legal.
Responsabilidad solidariaSi el documento no existe o tiene datos incorrectos, tanto el cargador como el transportista pueden ser sancionados.
Transportes exentos
Según la Orden FOM/2861/2012, art. 2, quedan fuera de la obligación:
Cómo debe ser el documento.
La Resolución de 5 de junio de 2026 (BOE-A-2026-12784) concreta cómo debe ser el documento y las aplicaciones que lo gestionan.
| Requisito | Detalle |
|---|---|
| Formato del fichero | PDF nativo digital generado a partir de datos estructurados. No se admiten escaneos ni conversiones de papel. |
| Tamaño máximo | 5 MB por archivo. |
| Código QR | Cada documento incluye un QR con enlace a la URL única del documento. |
| URL del documento | Protocolo HTTPS (TLS 1.2 o superior). Al invocar la URL, el PDF se descarga directamente, sin login ni botones. |
| Almacenamiento | Repositorio seguro que conserve el documento durante al menos 1 año. |
| Registro temporal | El sistema registra fecha y hora de creación y de cualquier modificación posterior. |
| Generación previa | El documento debe crearse antes del inicio del servicio. |
| Copia para el conductor | Electrónica (en el móvil) o impresa. |
| Agrupación de envíos | Varios envíos en un único DeCA si coinciden el mismo cargador contractual y transportista efectivo. |
| Firma electrónica | No es obligatoria para la validez. Solo se exige firma avanzada (AdES) o cualificada (QES) con finalidad contractual. |
Cómo funciona, paso a paso.
Generación previa a la salida
El documento se crea antes de que el camión arranque. El cargador aporta los datos del envío; el transportista, los de ejecución.
Formato electrónico
Se genera un PDF nativo (≤ 5 MB) con código QR vinculado a una URL HTTPS donde se almacena el documento.
Transporte en ruta
El conductor lleva el documento accesible en el móvil o dispositivo a bordo, o impreso.
Inspección en carretera
El agente escanea el QR y verifica los datos en tiempo real en la URL de almacenamiento.
Conservación
El documento se guarda digitalmente durante el periodo que marca la legislación.
Modificaciones
Si cambian datos relevantes: se modifica el PDF (manteniendo el histórico y la URL) o se genera uno nuevo con nueva URL. El conductor debe recibir la versión actualizada antes de continuar.
Qué debe recoger el documento.
- Nombre o denominación social, NIF y domicilio del cargador y del transportista.
- Matrícula del vehículo.
- Naturaleza y peso de la mercancía.
- Origen y destino del transporte.
- Fecha del servicio.
Nota prácticaUna carta de porte que incluya todos los campos obligatorios del documento de control puede servir también como DeCA, sin duplicar documentos.
Qué dice cada norma.
| Norma | Qué establece |
|---|---|
| Ley 9/2025 (Disp. Trans. 8ª) | Fija el 5 de octubre de 2026 como fecha de digitalización obligatoria. |
| Resolución 5 jun 2026 (BOE-A-2026-12784) | Requisitos técnicos del DeCA: PDF ≤ 5 MB, QR, URL HTTPS. |
| Orden FOM/2861/2012 | Regula el contenido del documento de control y los transportes exentos. |
| Real Decreto 1211/1990 (ROTT, art. 222) | Obliga a llevar el documento a bordo; habilita el formato electrónico. |
| LOTT (Ley 16/1987), art. 141.17 | Tipifica como infracción grave no llevarlo o que le falten datos esenciales. |
| Reglamento eFTI (UE 2020/1056) | Marco europeo de datos estructurados de transporte (siguiente paso). |
Sanciones e inspección.
No llevar a bordo el documento de control, o que le falten datos esenciales, constituye una infracción grave (art. 141.17 de la LOTT), sancionable según el baremo vigente. La responsabilidad recae sobre el cargador y/o el transportista según qué datos falten o sean incorrectos.
El Plan de Inspección de Transporte 2026 ha incluido expresamente el control del documento digital como uno de sus focos, junto con el nuevo tacógrafo.
A partir del 5 de octubreNo tener el documento en formato digital puede suponer sanciones económicas y problemas operativos durante las inspecciones en ruta.
Cómo prepararse en 5 pasos.
Auditoría interna
Identifica qué porcentaje de tus cargas es transporte público nacional por carretera y cuáles quedan exentas.
Selección de plataforma
Elige una solución que cumpla los requisitos: PDF nativo, QR, URL HTTPS, almacenamiento seguro y registro de fecha/hora.
Integración con tus sistemas
Conecta la plataforma con tu TMS o ERP para que el DeCA se genere automáticamente al crear un envío.
Formación del equipo
Conductores, operadores de tráfico y almacén deben saber acceder al documento en ruta y presentarlo en inspección.
Pruebas y validación
Realiza envíos de prueba antes de la fecha límite. El Ministerio de Transportes ofrece webinars formativos gratuitos.